Rabino Dr. Efraim Zadoff
1 (1) Habló el Eterno a Moshé en el desierto de Sinai, en el tabernáculo, el día primero del segundo mes del segundo año, después de la salida de la tierra de Egipto; (2) «Haced el censo de toda la congregación de los hijos de Israel, por sus familias y sus casas paternas, tomando en consideración los varones (3) de veinte años para arriba, es decir, todos los hombres aptos para empuñar armas en Israel. Tú y Aharón los contaréis según sus escuadras. […] (16) Éstos fueron los designados de la congregación, jefes de las tribus ancestrales, cabezas de millares en Israel. (17) Moshé y Aharón tomaron a estos hombres designados nominalmente, (18) y congregaron a toda la comunidad el día primero del segundo mes y la gente fue censada por sus familias y por sus casas paternas, los hombres de más de veinte años, (19) como el Eterno le había ordenado a Moshé, en el desierto de Sinai.
Este pasaje es el comienzo del libro Bemidbar, llamado en castellano Números, tal vez porque sus primeros capítulos se ocupan de un censo realizado en el seno de las tribus de Israel algo más de un año del éxodo del Egipto. En este censo se registraron 603.550 varones mayores de veinte años de acuerdo a sus casas paternas (capítulo 2 versículo 32), sin contar a los miembros de la tribu de Leví, y a los descendientes de Aharón ,de la misma tribu, que fundarían la rama de los cohanim (sacerdotes). Todos ellos sumaban 7.500 personas mayores de un mes de edad.
Los versículos arriba citados, especialmente los que se refieren a la pertenencia de acuerdo a la casa paterna, estuvieron en el núcleo de una discusión referente al tema que abordaré a continuación, que fue citada en el libro de exégesis rabínica, el midrash Bereshit Rabá, redactado en Éretz Israel en los siglos V-VI e.c.
El texto cuenta así:
Iaakov de la aldea Navorai dictaminó en Tzor [actualmente en el sur del Líbano]: Está permitido circuncidar al hijo de una pagana y un israelita en Shabat, de acuerdo a lo que está escrito: «…y fueron filiados por sus familias, por sus casas paternas,…» (Bemidbar 1:18) [de aquí que] se pertenece a la familia paterna y no a la materna. Le dijo rabi Jagai: tu dictamen no es correcto… ya que está escrito: «Hagamos ahora un pacto con nuestro Dios de echar a todas estas mujeres y a quienes nacieron de ellas…» (Ezra 10:3). Rabi Iaacov le respondió que no se trae testimonio de Ezra sino de la Torá. Rabi Jagai respondió que es de la Torá [de la prédica dudosa de Rabi Shimón bar Iojái] «[…tu hija no des a su hijo y su hija no tomes para tu hijo] porque apartará a tu hijo de mi senda… (Dvarim 7:4), tu hijo de una israelita es considerado tuyo, tu hijo de una pagana no es considerado tuyo».
Este texto nos exige una explicación: era aceptado tanto en el pasado como en el presente, que un judío que sabe circuncidar puede operar a un no judío para mantener las buenas relaciones con no judíos. Pero la circuncisión es considerada un trabajo. Por lo tanto no se puede practicar en shabat, salvo cuando se debe hacer a un niño judío, ya que ésto significa el cumplimiento de un precepto (mitzvá) por lo que se antepone a la observación de los preceptos del shabat. Al permitir el mencionado rabino Iaakov la circunsición de un hijo de una mujer pagana y un judío, estaba reconociendo al niño como judío.
En esta discusión entre dos rabinos en el siglo V o VI e.c., estamos viendo resabios de un cambio radical en la tradición judía que aconteció tras la destrucción del Segundo Templo de Jersualén en los últimos años del primer siglo e.c. o en las primeras décadas del siglo II.
De acuerdo a la tradición bíblica basada en lo establecido en los libros de la Torá, la pertenencia a las tribus israelitas se determinaba por la vía paterna exclusivamente. En los primeros libros de la Biblia hay varios casos en los cuales personajes centrales en diferentes narraciones toman como mujeres a hijas de otros pueblos, y nadie pone en duda en esta narración que sus descendientes son israelitas.
Este es el caso de Iosef hijo de Iaakov que toma como mujer a Asenat hija de Potifera sacerdote del dios egipcio On, y nadie pone en duda que sus hijos Menashé y Efraim, pertenecen a la dinastía de los patriarcas y son los fundadores de dos de las doce tribus, siendo la tribu de Efraim una de las más grandes y poderosas.
Un segundo caso es el de Moshé que toma como mujer a Tzipora, hija del sacerdote principal de Midián, tribu que habitaba en el desierto al este de Egipto. Sus hijos Guershón y Eliézer son designados, en el capítulo tercero de este libro de Bemidbar, como encargados de uno de los sectores lindantes con el Tabernáculo sagrado. Tampoco en este caso no se pone en duda de la legitimidad de su pertenencia.
Un tercer caso, es el que conocemos por la narración en el libro de Rut, que se lee en la próxima festividad de Shavuot, sobre el origen de la tatarabuela del rey David. Rut era una Moabita, pueblo que en el libro de Dvarim (Deuteronomio) 23:4 se prohibe que se incorpore a las tribus de Israel. Sin embargo tras su declaración de fidelidad y apego a su suegra israelita Noomí, a su pueblo y a su deidad, Rut es aceptada sin más miramientos en el seno de Israel, hasta tal punto que de ella procede la dinastía real más importante en la narración bíblica – la Casa de David.
Esta tradición fue la determinante, por lo menos hasta la destrucción del Segundo Templo (siglo I e.c.] y se mantuvo hasta nuestros días en las tradiciones de Beta Israel – los judíos de Etiopía, cuyas costumbres y preceptos probablemente datan de esta época.
El cambio formal en la transmisión de la pertenencia al pueblo judío se encuentra en el primer compendio de legislación rabínica – la Mishná, que fue creado en el siglo II y su compilación final a mediados del siglo III. En el Tratado de Kidushín (capítulo 3 mishná 12) se establece que hijos de un varón israelita y una mujer no israelita, es considerado como ella, es decir no pertenece al pueblo judío.
La discusión arriba mencionada del rabino Iaakov de Tzor, en Bereshit Rabá, es al parecer un resabio de las discusiones que suscitó este cambio en el seno de la dirigencia comunitaria judía en aquellos siglos. Ya sea esta historia un testimonio de hechos verídicos o una creación literaria, no me cabe duda que el objetivo de esta narración era alejar todo resabio de discusión en este tema y dejar claro que la vía matrilineal era la única aceptada por la tradición rabínica vigente.
Esta tradición es aceptada hasta el presente por todas las corrientes judías religiosas ortodoxas y conservadoras, y por la corriente reformista en Israel.
Sin embargo, la mayor parte del pueblo judío, es decir los religiosos reformistas en el mundo anglo parlante y los diferentes sectores laicos humanistas, reconocen la pertenencia al pueblo judío por vía matrilineal o patrilineal.
Esta posición fue adoptada también por el movimiento sionista no religioso. Desde la formación de la Organización Sionista a fines del siglo XIX, toda persona que se identificaba como judío era aceptada a sus filas. Esto es cierto también en los movimientos juveniles sionistas.
La Ley del Retorno, sancionada en Israel en 1950, que otorga a todo judío el derecho a recibir automáticamente la ciudadanía israelí, mantuvo originalmente esta posición. Con el correr del tiempo, y por presiones políticas de partidos religiosos a las que partidos laicos tuvieron que ceder para poder armar una coalición de gobierno, se fueron carcomiendo los fundamentos liberales de esta ley.
Sin embargo, y en base a una interpretación de facto de la tradición cultural judía, es que cientos de miles de judíos, de la ex Unión Soviética y de otras zonas del mundo, cuya pertenencia al pueblo judío es por vía paterna, pueden convertir al Estado de Israel en su hogar.